Estamos en Sevilla y Madrid

+34 695612890 [email protected]

EL FAN ART Y LOS DERECHOS DE AUTOR

El fenómeno del Fan Art ha experimentado un crecimiento importante por el uso de las Nuevas Tecnologías y de las redes sociales.

Cuando hablamos de Fan Art hablamos generalmente de dibujos, ilustraciones, fotografías, que determinados artistas han creado determinados a partir de unos universos previamente diseñados, los cuales, generalmente, van asociados a la cultura de masas: Es decir, videojuegos, comics,  libros… Por poner algunos ejemplos, tanto el universo Marvel, como Juego de Tronos, como Final Fantasy o el Señor de los Anillos inspiran a millones de creadores en todo el mundo.

Así, todo esto si lo aterrizamos al argot jurídico podemos decir que:

En términos de derecho de propiedad intelectual el fan art se considera una obra derivada,  Lo que quiere decir que se reconocen como una transformación de una obra previamente existente.

Pero, ¿Que son las obras derivadas? Las obras derivadas según el artículo 11 de la Ley de Propiedad Intelectual son aquellas obras creadas a partir de una u otras ya existente. Por lo que, se establece que tienen que respetarse los derechos de autor que versan sobre la obra original. Esto se traduce en que si la obra original tiene copyright (osea, que el autor se reserva todos sus derechos) y no se han liberado los derechos de transformación a través de, por ejemplo, una licencia Creative Commons, debeemos pedir permiso al titular de los derechos antes de realizar nuestra obra derivada.

Lo que ocurre. En el plano práctico, es que una empresa o una compañía, difícilmente va a entrar en una guerra con sus propios fans, los cuales si se dedican a hacer Fan Art es porque están brindando un homenaje a un personaje o a un universo. Ya que generaría muy mala reputación a los titulares de los derechos el demandar ante los tribunales o las cortes de arbitraje a todos aquellos fans que han desarrollado un trabajo que de alguna manera enriquece el fenómeno fan – lo que indirectamente repercute en beneficio de la industria-, por lo que muchísimos creadores toleran y en algunos casos incluso promueven la creación de contenido Fan Art.

Uno de los casos más conocidos de interacción entre creadores originales y fans m es el de JK Rowling creadora de el universo de Harry Potter  quien declara abiertamente su pieza favorita de Fan Art. (puedes consultarlo en este enlace)

Existe una excepción muy importante en la ley de Propiedad Intelectual que responde al derecho a la parodia en el que se establece que “No será considerada transformación que exija consentimiento del autor la parodia de la obra divulgada, mientras no implique riesgo de confusión con la misma ni se infiera un daño a la obra original o a su autor.” Imaginemos por ejemplo la serie Dragon Fall un manga creado por autores españoles que parodiaba a la popular Dragon Ball creada por Akira Toriyama. De todas formas,  esta es una cuestión en la que que nos detendremos en otro post, ya que merece una reflexión y un análisis muy detallado.

CONSEJOS

Finalmente os dejamos serie recomendaciones para trabajar de la manera más responsable posible el Fan Art.

Lo primero es pedir permiso a el autor original de la obra o revisar si tiene los derechos de transformación liberados.

Lo segundo es evitar cualquier tipo de confusión con la obra original dejar claro que estamos haciendo Fan Art y tratar de evitar que cause cualquier tipo de perjuicio la obra original.

Lo tercero sería no pretender un lucro económico del Fan Art porque esta el cuestión que realmente molesta a las distribuidoras y a la industria de la propiedad intelectual.

Lo cuarto. Que no se dañe la imagen o la reputación del autor original de la obra.

Un ejemplo: la imagen de Blancanieves consumiendo cocaína puede que no sea del agrado de Disney.

Y en último lugar, un consejo básico: Atender a los requerimientos de los titulares de derechos ya que pueden ir en serio. El hacer caso omiso a  los requerimientos puede dar lugar a una demanda, no obstante hay que cerciorarse de quien realiza la comunicación y en el caso de andar preocupados, consultar con algún experto o experta en la materia.

A modo de conclusión: El Fan Art técnicamente sería ilegal sin el consentimiento de los derechos de la obra original. Pero en multitud de caso los propio creadores los permiten ya que no deja de ser una herramienta muy potente de difusión y homenaje a su obra, aunque como todo en derecho hay que analizar cada caso de forma concreta, porque cada caso es diferente. Y porqué no decirlo, el derecho también es un arte.

 

Alberto dL. Bendahan.
Abogado.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies